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Seguro de Perros |
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¿A quien va dirigido? Este seguro va dirigido a los propietarios de perros en general y por ley a los propietarios de razas peligrosas que sean utilizados como animales domésticos o de compañía. ¿Qué cubre? El Real Decreto 287/2002 de 22 de Marzo por el que se desarrolla la Ley 50/1999 de 23 de Diciembre, sobre el Régimen Jurídico de la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos, establece la obligatoriedad de concertar un seguro de Responsabilidad Civil por parte de los propietarios de animales que por sus características puedan resultar peligrosos pertenecientes a la especie canina, por un mínimo de 120.000 euros. Este producto dentro de la gama de Responsabilidad Civil se ha creado para cubrir las consecuencias económicas que puedan derivarse de los daños causados a terceros (muerte o lesiones a personas o a otros animales y daños materiales). Ademas cualquier propietario de un perro puede asegurar las consecuencias economicas que como dueño del animal puedan derivarse afectando a su propia responsabilidad civil ¿Cuál es la duración del seguro? La duración del seguro es anual con renovación automática. Razas y características que deben ser aseguradas por ley Los pertenecientes a las siguientes razas:
O cualquier otra raza que tengan todas o la mayoría de las características siguientes:
Si usted quiere asegurar su perro y estar tranquilo puede concertar con nosotros esta póliza solo o bien conjuntamente con el Seguro de Hogar de su vivienda.
Documentación necesaria
Si desea alguna cotización especial o comparar su actual póliza puede indicarlo en el campo notas y enviarnos una copia de esta.
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